Tenemos
pues, un Congreso lerdo y lento, una institución elefantiásica y jurásica, que
no es capaz de cumplir sus funciones soberanas de legislar en atención a las
necesidades de “interés nacional”, con la inmediatez necesaria. Tenemos un
Congreso constituido por 130 miembros[1], que
necesita que una sola persona (el Presidente de la República), lo sustituya en
sus funciones porque él, por sí solo, no puede o no es capaz de asumirlas, o
simplemente no sirve para esos menesteres.
Tenemos
130 ciudadanos elegidos para legislar, pero que no pueden hacerlo ante
situaciones de emergencia y de interés nacional, porque quizá, su propia
estructura y dinámica, pertenecen a la Edad de Piedra, o porque quizá, no han
desarrollado al ritmo de la ciudadanía, y se han atrofiado en su crecimiento,
de por vida, afectando a todo el organismo social con la fuerza de una gangrena
incurable. Y con la delegación de facultades legislativas, el Presidente de la
República, se salta los pasos del denominado flujograma legislativo[2].
Contamos con una perezosa institución que solo
ocupa las primeras planas y los titulares noticiosos, cuando fija sus
aguinaldos, aumentos remunerativos, o cuando alguno de sus miembros es
denunciado por delitos o faltas, propios de un delincuente común, o cuando
protagonizan alguna función circense, prescindiendo de su labor legislativa.
Por
un lado; y por otro, tenemos un Ejecutivo -un Jefe de Estado, para ser
exactos-, que necesita prescindir del Poder Legislativo para poder gobernar, se
asume, con responsabilidad y coherencia. En otros términos, tenemos un
Ejecutivo que no necesita del Legislativo, para gobernar el país. Tenemos un
Ejecutivo, que, sin el Legislativo, gobierna mejor[3]; y
todo, a favor del llamado “círculo virtuoso de crecimiento económico” que nos
acompaña desde hace 25 años[4].
En
castellano, tenemos un Presidente de la República, que no necesita de los 130
congresistas. En todo caso, solo necesita de ellos, para solicitarles la
delegación sus facultades legislativas. Como quien dice: “Permíteme hacer tu
trabajo”[5].
En
esta mirada, resulta asqueroso que se pretenda volver a la bicameralidad, mucho
más, cuando los principales promotores, son ellos mismos, los congresistas; los
artífices de la legislación en el país. Un Congreso que no puede legislar con
una cámara, pretende hacerlo con dos; en esa lógica, cuando no pueda hacerlo
con 02 cámaras, querrá hacerlo con 03; y así sucesivamente, hasta cubrir las
necesidades laborales de ellos y ellas, que solo han aprendido a vivir de la
política, de una mala y pésima política, malogrando el quehacer gubernamental.
Pretenden
implantarle un segundo cerebro, a un animal que no puede subsistir con uno. A
propósito de una entrevista televisada en la que un congresista, con mucha
convicción, como si realmente lo creyera, aseveró que una segunda cámara, haría
que el Congreso, piense mejor...
¿Para
qué un Congreso que no legisla?
[1] Anterior al año 2011, el Congreso estaba constituido por 120 miembros. Es con la Ley N° 29402, publicada el 08 setiembre 2009, que el Congreso está constituido por 10 miembros más, a partir del 2011.
[2] El denominado “flujograma legislativo”, de cómo se crea una ley, es el siguiente: Oficina de trámite documentario, Oficialía Mayor, comisiones, Consejo Directivo, Pleno, Oficina de Relatoría y Agenda, Oficialía Mayor, Poder Ejecutivo, promulgación y publicación de la ley, y por último, vigencia de la ley. Fuente: http://www.congreso.gob.pe/Flujogramalegislativo/
[3] Según César lanza (2003), “Durante el período de gobierno de Fujimori entre julio de 1990 y noviembre de 2002 se dictaron 1655 decretos de urgencia –además de 303 decretos legislativos-, mientras que el Congreso dictó en ese mismo período sólo 1373 leyes”.
[4] Así se explica, en el segundo párrafo de la exposición de motivos del Proyecto de Ley N° 4562/2014-PE, que delega en el poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia administrativa, económica y financiera.
[5] En un periodo de 12 años (1990-2002), el Presidente de la República, en uso de sus facultades legislativas delegadas, aprobó 1,958 normas, mientras que el Congreso, en ese mismo periodo, tan solo: 1,373. Ciento veinte congresistas produjeron solo el 70% de las normas que produjo el jefe de estado. Durante los primeros años de este periodo, el Congreso estaba constituido por 180 miembros; luego por 80 (el Congreso Constituyente Democrático de 1993, creador de la nueva Constitución de ese año, actualmente vigente), y a partir de 1995, por 120.
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