Mostrando entradas con la etiqueta coyuntura. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta coyuntura. Mostrar todas las entradas

domingo, 18 de diciembre de 2016

“DESASNAR A LA OPINIÓN PÚBLICA”


En la sesión del Congreso del jueves 15 de diciembre de 2016,  para aprobar la moción de censura al Ministro de Educación Jaime Saavedra, en respuesta a la intervención del congresista Yonhy Lescano (Acción Popular), el congresista Mauricio Mulder (Partido Aprista Peruano), dijo  “Yo solo solicité una interrupción con el ánimo de desasnar a la opinión pública”.

“Desasnar” es un término que aún no es aceptado por la Real Academia Española, pero como muchos otros, aun así, entendemos su significado y las connotaciones que contiene. En este caso, muy lamentable por cierto, Mauricio Mulder, asume, insinúa, cree, percibe, está seguro y lo ha vociferado desvergonzadamente, que la opinión pública es un asno. Ha sido “asnada”, para utilizar su semántica, y él, bendecido por alguna sapiencia sobrenatural y sobrehumana, tiene la competencia para “desasnarla”.

La opinión pública ha sido convertida en un asno, para Mauricio Mulder; y al parecer, no ve el insulto que ha cometido, o no quiere verlo, o no le importa. O en el peor de los casos, la inmunidad de la que goza, la convierte en un escudo y blindaje de sus burradas, disculpando la palabra.

Este señor Mulder, está convencido que es un intocable, y en cierta forma lo es. ¿Qué pasaría si algún ciudadano dice: “Señor Mulder, usted es un burro”? en este caso sí sería un insulto; pero como lo ha expresado el congresista (pro-vitalicio) Mauricio Mulder, no pasa nada.

Es inconcebible que un representante, insulte a su representado. Es absurdo. Es intolerable. La ciudadanía no es un asno; y las opiniones que expresa, son soberanas. El señor Mulder no es el soberano; lo es, la ciudadanía. Es simplemente, un representante; y en tanto representa a la ciudadanía, puede gozar de las prerrogativas de su inmunidad.

Lamentablemente, la representatividad, es un fenómeno difícil de medir; de lo contario, podría establecerse hasta qué determinado momento, un “representante” ha dejado de ser tal, porque ya nadie se siente o asume estar o sentirse representado, por ejemplo, por el señor Mulder.

Que un congresista diga que la opinión pública es un asno, es inaudito.

miércoles, 17 de agosto de 2016

NUEVO GOBIERNO, NINGÚN CAMBIO





Hace quince días asumió la jefatura del Estado y del país, un nuevo gobierno liderado por Pedro Pablo Kuczynski (PPK), ciudadano peruano-norteamericano de 77 años de edad (aunque renunció a la ciudadanía norteamericana, cumpliendo con las exigencias de su proselitismo; pero la cultura gringa, ni ninguna otra, se elimina o se pierde con la renuncia a la ciudadanía), y a la fecha, no hay ninguna novedad. Hasta podría concebirse que basta con la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas y el Poder Judicial, para que el país continúe su senda neoliberal. No hace falta ni el Congreso ni el Ejecutivo. El país camina solo.

domingo, 7 de agosto de 2016

EL JUGUETE NUEVO DE KUCZINSKY


Cuando a un niño se le regala un juguete nuevo, toda su vida gira en torno a él, y manifiesta una felicidad contagiosa que parece nunca acabar, a tal punto que, la única realidad existente para él, es su juguete nuevo. Algo similar sucede con Pedro Pablo Kuczinsky, nuevo Presidente de la República del Perú, juramentado el 28 de julio del presente año. Danza en la calle, difunde sus ejercicios matutinos en Palacio de Gobierno, comparte sus respuestas jocosas a la prensa, y últimamente, escribe 7 mandamientos para su Consejo de Ministros.


domingo, 31 de julio de 2016

UN MENSAJE DE SUEÑOS



Hemos iniciado, en contra de todo pronóstico sobre el péndulo de la democracia peruana, un cuarto quinquenio gubernamental consecutivo, liderado por un civil democráticamente elegido, según nuestras normas electorales. Y ello basta para aplaudir nuestro primer gran logro en dos siglos de vida republicana; vida republicana que la hemos dedicado a luchar contra los caudillismos y militarismos que han hecho de las suyas, inconsultamente, dañando e interrumpiendo la formación ciudadana del país, amén de otros repugnantes crímenes.


miércoles, 27 de julio de 2016

¿PARA QUÉ UN CONGRESO QUE NO LEGISLA? – Parte III



Es un Congreso que no legisla porque no puede hacerlo. Y no podrá hacerlo ni sumando una cámara, ni sumando sus miembros. Porque su problema radica en su estructura y dinámica, y hasta en su naturaleza representativa. Representan a regiones o fracciones jurisdiccionales, pero debe producir normas de alcance nacional. Una contradicción.

domingo, 24 de julio de 2016

¿PARA QUÉ UN CONGRESO QUE NO LEGISLA? – Parte II


Tenemos pues, un Congreso lerdo y lento, una institución elefantiásica y jurásica, que no es capaz de cumplir sus funciones soberanas de legislar en atención a las necesidades de “interés nacional”, con la inmediatez necesaria. Tenemos un Congreso constituido por 130 miembros[1], que necesita que una sola persona (el Presidente de la República), lo sustituya en sus funciones porque él, por sí solo, no puede o no es capaz de asumirlas, o simplemente no sirve para esos menesteres.

domingo, 17 de julio de 2016

¿PARA QUÉ UN CONGRESO QUE NO LEGISLA? – Parte I


Nuestra democracia, es un tema que difícilmente podemos entendernos si hablamos de ella. En primera instancia, asumimos que es un mecanismo que se sostiene en la división de poderes, a fin de evitar la imposición de alguna voluntad con prerrogativas dictatoriales. Luego, asumimos cívicamente, que cada uno de los poderes es autónomo y en ese mérito, dirige toda su sapiencia, experiencia y facultades.

martes, 21 de junio de 2016

EL MENSAJE DE LOS VOTOS BLANCOS Y VOTOS NULOS (I)


Así como podemos extraer diversos mensajes de los votos válidos, considerando la distribución entre los candidatos participantes, e interpretarlos a la luz de las ofertas electorales; también podemos hacerlo con los votos blancos y los votos nulos. Más aún, haciendo un comparativo entre la primera y la segunda vuelta de las últimas elecciones generales 2016, realizadas el 10 de abril y el 05 de junio, respectivamente.

En la primera vuelta, de los 24 departamentos[1], en 14 de ellos, los votos blancos y votos nulos, suman más del 20% de los votos emitidos. Y en 5 de ellos[2], más del 25%. Porcentajes relativamente regulares que invitan a una reflexión sobre la pertinencia entre las ofertas electorales y las demandas ciudadanas en los respectivos departamentos.

Hay una brecha, un abismo, una distancia aún insalvable entre los ofrecimientos de los candidatos y los intereses de un regular porcentaje de ciudadanos, lo que menoscaba el valor de la democracia como un mecanismo de regulación de la convivencia ciudadana, y como un paradigma alterno a otros que asumen a la violencia como principal arma de regulación. (De los 14 departamentos, 02 se ubican en la costa[3]; 07 en la sierra[4]; y 05 en la selva[5]. En ellos, residen el 35% de los electores hábiles del país[6]).


En la segunda vuelta, los porcentajes de votos blancos y votos nulos, se reducen, mostrando un intervalo entre el 5% y el 11%, en los 24 departamentos. 

Y cuando separamos los votos blancos de los votos nulos, el resultado es más sorprendente. A nivel nacional, y en la primera vuelta, los votos blancos alcanzaron el 12% de los votos emitidos, mientras que los votos nulos, el 6%. Para la segunda vuelta, los votos blancos se reducen drásticamente, al 1% (los votos nulos, se mantienen). Paralelo a ello, los votos válidos, suben de 83% (en la primea vuelta) a 95% (en la segunda).

La reducción más drástica de votos blancos, de la primera a la segunda vuelta, se observa en 04 departamentos[7]; se reducen del 19% al 1,5%. Similar situación se observa en el resto de departamentos, en los cuales los votos blancos en la segunda vuelta no superan el 2%; mientras que el porcentaje de los votos nulos, prácticamente, se mantiene.

En la primera vuelta compitieron por la Presidencia de la República, 10 organizaciones políticas[8]; en la que solo el 83% de los electores hábiles emitieron un voto válido. Ninguna de éstas 10 ofertas electorales, encajó con las demandas ciudadanas del 18% de electores que asistieron a sufragar, por ello ninguna de ellas, alcanzó el 50% más uno de los votos válidos.

Pero en la segunda vuelta, con solo 02 organizaciones participantes, los ciudadanos que decidieron emitir un voto válido suben a 95%. Si nos concentramos en estas 02 opciones políticas, ellas recibieron en la primera vuelta, solo el 61% de los votos válidos.

Es decir, los ciudadanos indecisos en la primera vuelta, optaron por dar su voto a una de las 02 opciones participantes, en la segunda vuelta. Ello podría explicar el llamado “antivoto”, lo que debilita la legitimidad de la organización política ganadora, en tanto triunfó gracias a los votos que no quisieron que triunfe la otra. Peruanos Por el Kambio (PPK), nombre de la organización política ganadora, liderada por Pedro Pablo Kuczinsky, no ha ganado porque su oferta proselitista haya encajado o satisfecho a la mayoría de los electores; sino, porque coyunturalmente, apareció como una forma de decir “NO” a Fuerza Popular (FP), la otra organización, liderada por Keiko Fujimori Higuchi.

Estamos asumiendo que el voto blanco indica indecisión: no se prefiere a ninguna de las organizaciones políticas participantes; y el voto nulo, rechazo a todas ellas. Aunque este rechazo podría también ser hacia el proceso electoral como mecanismo para la elección de gobernantes, en tanto, dichos gobernantes de turno, no han logrado atender las necesidades ciudadanas, o han tomado decisiones que han afectado negativamente sus intereses. Desde esta perspectiva, el voto nulo podría adquirir un significado similar al ausentismo. Aunque el ausentismo es objeto de estudio muy particular, conjuntamente con el abstencionismo[9]. En el primero, no asisten al sufragio por factores ajenos a la voluntad; mientras que en el segundo, se decide no participar en el sufragio, por propia voluntad.

En términos absolutos, son 3,754,927 de ciudadanos en la primera vuelta, y 4,071,219 en la segunda, que no han participado en la emisión de un voto válido. O han emitido un voto blanco, o un voto nulo, o simplemente, no han asistido a sufragar.  Del total de 22 millones de ciudadanos habilitados para sufragar, el 18% rechaza a las ofertas electorales, o quizá, al propio sufragio como un mecanismo inútil para proporcionar mejoras a sus vidas.





[1] Se incluye la provincia constitucional del Callao, que se ubica en el departamento de Lima.
[2] Amazonas, Apurimac, Huancavelica, Huánuco y Loreto.
[3] Piura y Ancash.
[4] Apurimac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco y Pasco.
[5] Amazonas, Loreto, Madre de Dios, San Martín y Ucayali.
[6] Según la ONPE, los electores hábiles para las elecciones generales 2016, fue de: 22,017,030.
[7] Amazonas, Huancavelica, Huánuco y Apurimac.
[8] Catorce figuraron en la cédula de sufragio, pero 04 de ellas, se retiraron días antes del día de las elecciones: Alianza Electoral Solidaridad Nacional, Perú Libertario, Perú Nación, y Partido Humanista Peruano; los votos que recibieron estas agrupaciones, fueron adicionados a votos nulos según resolución N° 0309-2016-JNE.                                          
[9] Uno de los teóricos que ensaya sobre estas variables, es Fernando Tuesta Soldevilla, exjefe de la ONPE.

domingo, 5 de junio de 2016

EL VOTO ES SOBERANO, Y PUNTO


Creo que el voto es soberano. Al margen de si lo dicen o no las normas que regulan nuestro contrato social. Creo que lo es[1]. Es soberano, y punto[2].

Ese minuto (60 segundos)[3] que permanecemos en la cámara secreta, somos soberanos, cada uno de nosotros, sin distinción alguna -realmente, sin distinción alguna-, constituimos el soberano. El que manda, el que ordena, el que decide, el que su voluntad es ley sagrada. El legítimo. Eso que llamamos pueblo, y que en una democracia es quien detenta el poder, realmente lo somos durante esos 60 segundos que la ley nos permite permanecer en la cámara secreta.

Debería de llamarse “CÁMARA SAGRADA”, porque es sagrada, y nadie ni nada, puede ni debe interrumpir. Absolutamente nadie, nada[4]. Ese momento es sacrosanto, lo más santo y puro y supremo que uno pueda imaginarse en este perverso mundo colmado de intereses macroeconómicos que todo lo pueden –precisamente, porque todo lo pueden-, todo lo escupen, pisotean e intoxican. Por ello, la cámara secreta, es un pequeño espacio aislado del mundo exterior. En este espacio, y durante este minuto, eres el REY DEL UNIVERSO. Date el lujo de tomar tu propia decisión, sin consultar a nadie.

Desde esta mirada, carece de validez y coherencia, todo discurso que pretenda inducir tu voto. Carece de valor, todo discurso que busque venderte la idea que tu decisión en aquella cámara secreta, puede ser objeto de ser considerada correcta o incorrecta. Es falso. Es mentira. Es mezquino.

Tu decisión en la cámara secreta, sea la que sea, es soberana. No puede equivocarse, no es susceptible de equivocarse. Tu voto, es soberano. Es ley. Es mandato. Es supremo.

Que tu voto por la opción tal, es equivocada, dicen. No escuches. ¡IGNORA!

Que tu voto en blanco, favorece a una determinada opción, dicen. No escuches. ¡IGNORA!

Que tu voto viciado, no es responsable dicen. No escuches. ¡IGNORA!

Que no sabes votar, porque eres analfabeto, dicen. No escuches. ¡IGNORA!

Que no sabes votar, porque eres ignorante, dicen. No escuches. ¡IGNORA!

El voto es igual[5]. Todos los votos son iguales. Ninguno vale más que otro. Seas profesional o no lo seas, seas joven o adulto, hombre o mujer o de cualquier otro género, blanco o negro, rico o pobre, etc. Los votos tienen el mismo valor.

Créelo, tu voto es soberano, y solo es tuyo. No puedes equivocarte.

El voto informado, NO EXISTE. El voto responsable, NO EXISTE, el voto correcto, NO EXISTE.

¡Todos los votos son iguales!





1 Pero las normas lo establecen. Y protegen la soberanía del voto. La inducción al voto, por ejemplo, es un acto punitivo. En el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Elecciones Ley N° 26859, leemos: “El Sistema Electoral tiene como finalidad asegurar que las votaciones y los escrutinios traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos, y sean el reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa y secreta”.
2 Artículo 176° de la Constitución Política del Perú: “El sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa”.
3Artículo 261° de la Ley Orgánica de Elecciones Ley N° 26859.
4 Artículo 257° Ley N° 26859: “La cámara secreta es un recinto cerrado, sin otra comunicación al exterior que
la que permita la entrada y salida al lugar donde funciona la Mesa de Sufragio. Si el recinto tiene, además, otras comunicaciones con el exterior, el Presidente las hace clausurar, para asegurar su completo aislamiento”.
5 “El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad”, según el artículo 31° de la Constitución Política del Perú (CPP). Las características del voto, también se indican en el Artículo 7º de la Ley Orgánica de Elecciones Ley N° 26859.

domingo, 29 de mayo de 2016

EL CANDIDATO ES UNA MARCA


Todo candidato es una marca, y como toda marca, tiene un único propósito: penetrar en la mente del consumidor (en este caso, el elector) para ser consumida, comprada, si fuera posible, de por vida; de aquí, la idea de “fidelización” del cliente.

Desde 1981, un estudioso del mercado y del comportamiento del consumidor, Jack Trout (el mismo autor que hablaba de las leyes inmutables del marketing), hablaba de posicionamiento, para 15 años más tarde (1996), reformular su teoría, y llamarla “nuevo posicionamiento”; conjuntamente, uno de sus colegas, Al Ries, en 1996, lanza su teoría del “enfoque”. Posicionarse y enfocarse, dos estrategias de mercado (léase: de guerra) vigentes en el mundo actual, cuando se trata de “vender”.

Y evidentemente, de eso se tratan las campañas electorales. Las actividades proselitistas no son sino, un conjunto de actividades empeñadas en vender un determinado candidato, con ciertas características, ciertos beneficios, en fin, lo que llamaríamos en buen castellano, con cierto perfil. Según teorías de marketing, lo que se vende, son marcas. Un candidato es una marca. Se trata de venderla, a como dé lugar, utilizando todas las estrategias habidas y por haber, para lograr que el candidato-marca, se posicione en la mente de los electores. Por supuesto, que se busca atender necesidades; pero las necesidades, son creadas y recreadas, hasta el infinito.

En nuestra coyuntura, cercana a una segunda vuelta para elegir al próximo Presidente de la República para el quinquenio 2016-2021 (el 05 de junio de 2016), se ofertan dos candidatos-marca. PPK (la marca del ciudadano peruano-americano Pedro Pablo Kuczynski Godard) y FP (la marca de la ciudadana peruano-japonesa Keiko Sofía Fujimori Higuchi).

El primero de ellos, vinculado a instituciones financieras internacionales (BM, FMI, entre otras), y la segunda, vinculado a un gobierno dirigido por su padre (actualmente condenado a 25 años de pena privativa de la libertad por diversos delitos, entre ellos, autoría mediata de crímenes de lesa humanidad), considerado el gobierno más corrupto de la historia del Perú.

Por supuesto que es una guerra. Son enemigos, son rivales, son contrincantes, son oponentes. Como lo denominó uno de los candidatos, esto es un ring. Sí, es un ring. Se trata de ganar, de aprovechar el mínimo descuido del rival a fin de dar un golpe fulminante y lograr el knockout tan anhelado desde un inicio.

Por otro lado, las mentalidades e ideologías de ambos candidatos son congruentes con la filosofía del libre mercado. Para ambos, el estado no debe intervenir en la economía. El estado debe promover la libertad económica (por encima de la libertad política, de lo contrario no viviríamos con el fantasma del golpe de estado), el estado debe dedicarse a cobrar impuestos y a brindar seguridad y protección a las inversiones (básicamente privadas). En pocas palabras, el estado solo debe dedicarse a quitar todo obstáculo que entorpezca el camino y la dirección indicado por el libre mercado.

El estado peruano, en suma, y lamentablemente, es un ente que ha sido arrinconado por las fuerzas del mercado, y obligado a renunciar a los derechos ciudadanos a quienes debe su existencia. Es un estado sin ciudadanos, un fenómeno increíble que desafía todo lógica racional de las ciencias sociales. Es un ente raro, un extraño animal, una metamorfosis inverosímil que escapa a toda metodología de estudio.

Pero el libre mercado, sí funciona, y funciona bien. Por ello, la diversidad de marcas en venta, y el crecimiento exponencial de corporaciones financieras trasnacionales, a costa del empobrecimiento sistemático de los contribuyentes que amamantan cotidianamente al estado capturado por el mercado... Las marcas, sí venden.

jueves, 12 de mayo de 2016

ESTE 5 DE JUNIO: NADA QUE ELEGIR



El 50,1%[1] de los ciudadanos que sufragaron[2] el 10 de abril de 2016[3], para elegir al próximo presidente de la república, decidió decir NO a las opciones que de alguna u otra manera, mostraron intenciones no muy cercanas o contrarias al modelo económico vigente en el país, desde 1990. Resultado: 02 candidatos pasaron a la segunda vuelta, que representan opciones a favor de la continuidad de dicho modelo. El 32,6% votó por Keiko[4], mientras que un 17,2% lo hizo por Kuczynski[5].


En otros términos, y desde otra óptica, no tenemos nada que elegir este 05 de junio. Tanto Pedro Pablo Kuczynski[6] como Keiko Fujimori, lideran programas de gobiernos que constituyen la continuidad del modelo económico; modelo económico que no podemos negar, es favorable para el crecimiento exponencial de las riquezas de las grandes corporaciones nacionales y trasnacionales, básicamente, éstas últimas, a costa del saqueo de materias primas y de la fuerza de trabajo de países adolescentes[7].

Este modelo más conocido como neoliberalismo, prioriza la libertad económica a las otras libertades humanas, incluidas, la libertad política. Si es necesario sacrificar la libertad política, para proteger la salud de la libertad económica (léase: libre mercado), no hay problema, se sacrifica la libertad política o cualquier otra libertad de las que ha costado a la humanidad en su conjunto, un altísimo costo.

Kuczynski como Keiko, son la misma alternativa, diferentes nombres, diferentes equipos de trabajo, diferentes discursos, diferentes sonrisas y diferentes bailes, en fin; pero, son lo mismo. Ambas alternativas lucharán por la vigencia de las recetas o los 10 mandamientos de John Williamson. Estos 10 mandamientos del libre mercado, se resume en el hecho de reducir al estado, a un mero y celoso guardián, dedicado exclusivamente a cobrar impuestos, y a promover y proteger los intereses de inversiones gigantescas que tienen la capacidad de comprar y saquear estados, como ladronzuelos que invaden y saquean una casa, una tienda, un minimercado, en fin (disculpando la “aberración” de la metáfora).

Existen en el mundo, grandes corporaciones financieras que, en su fiera lucha por la sobrevivencia, capturan estados y los saquean hasta dejarlos desvalidos, indefensos e incapaces para continuar sobreviviendo por sus propias fuerzas. Dejan a estados en un estado indigente, que tiene que vender todo lo que tiene, para siquiera intentar sobrevivir a como dé lugar, hasta desaparecer, fusionándose a otros estados, o perpetuarse como mendigos hasta su “muerte natural”.

Este modelo económico, que ha convertido al libre mercado en un credo sacrosanto a costa de cualquier sacrificio, es defendido por ambas alternativas: Pedro Pablo Kuczynski y Keiko Fujimori. Concluyendo: no tenemos nada que elegir. Nada.




[1] El 49,9% equivale a 9,343,734 ciudadanos. Sufragaron a favor de Keiko, el 32,6% (6,115,073) y a favor de Kuczynski, el 17,2% (3,228,661). Si consideramos el total de electores hábiles, es decir el total de ciudadanos habilitados para sufragar, los porcentajes se reducen: 26.7 votó por Keiko, y 14.1 votó por Kuczynski.
[2] Los ciudadanos que sufragaron en las Elecciones Generales 2016, fueron: 18,734,130
[3] La fuente de las cifras, es la Oficina Nacional de Procesos Electorales: www.onpe.gob.pe
[4] Keiko Fujimori, es hija del expresidente que gobernó el país desde el 28 de julio de 1990, hasta el 19 de noviembre del 2000, cuando renunció vía fax a la Presidencia de la República; actualmente, cumple una condena de 25 años de cárcel.
[5] Es necesario diferenciar entre electores hábiles (22,901,954), electores que sufragaron o votos emitidos (18,734,130), y electores que sufragaron correctamente o votos válidos (15,340,143).
[6] Pedro Pablo Kuczynski, es un economista relacionado internacionalmente, y con cierto acercamiento a los organismos económicos internacionales. Conjuntamente con John Williamson, es un defensor acérrimo del libre mercado como doctrina para administrar la economía de los estados.
[7] Parafraseando a Luis Alberto Sánchez. 

viernes, 8 de abril de 2016

LOS LÍMITES DE LA PROPAGANDA ELECTORAL - II



Gracias a la Resolución N° 136-2010-JNE, aprobada el 26 de febrero de 2010, ya conocemos la definición de propaganda electoral y de propaganda política. ¿Es lo mismo? Sí. La diferencia radica en el tiempo, la etapa o el momento en que se realiza. Entonces, propaganda electoral, es “propaganda política que se realiza en un periodo electoral”. 

¿Y qué es propaganda política? Es “Toda acción o efecto en aras de conocer la ejecución de los planes y programas que desarrollan las entidades estatales y sus dependencias, con el propósito de conseguir adhesión o apoyo hacia una determinada organización, programa, ideología u orientación política, sujeta a prohibiciones cuando se trata de procesos electorales en trámite”.

Las palabras claves son: adhesión y apoyo. Toda acción que tiene el propósito de conseguir “adhesión o apoyo”, es propaganda política, y si se realiza en un proceso electoral, es propaganda electoral. Si se consigue o no la adhesión o el apoyo, ello, no importa; basta que sea el propósito.

¿Y que es “adhesión”? Consultamos a la RAE, y encontramos lo siguiente: “Acción y efecto de adherir o adherirse”. ¿Y qué es adherirse? “Sumarse o manifestar apoyo a una doctrina, declaración, opinión, etc.”.

A estas alturas, tenemos una idea clara del propósito de la propaganda política realizada en un proceso electoral por parte de alguna agrupación política: Buscar apoyo a su doctrina, declaraciones, ideas, plan de trabajo, en fin.

Está claro. Todo candidato actúa con un único propósito: ganar adeptos, conseguir adhesiones, que obviamente ‑necesariamente‑, deben traducirse en votos. Sino, todo lo realizado e invertido, ha sido un mal negocio. Por supuesto, es un negocio. Se trata de ganar. Y ganar a como dé lugar, como sea, empleando todas las armas disponibles, toda estrategia probada o no probada. Se trata de ganar. Es una lucha a muerte por el poder político, es la relevancia del pensamiento de Maquiavelo, es la furia del animal político, nuestro ego encendido ansioso por iluminar el universo emulando al sol, el demonio pretendiendo reconquistar el cielo sin abandonar la tierra... Ello explica las actitudes y discursos de los candidatos y candidatas; negociaciones, pactos, alianzas, contubernios, confabulaciones, promesas absurdas, griterío descomunal...

No sabe bailar, pero lo intenta. No sabe hablar, pero se esfuerza. No tiene formación académica, pero vierte opiniones inconsistentes o no argumentadas. En fin. Hasta aquí, no habría mayores problemas, más allá de las calumnias, difamaciones, y agresiones verbales de todo tipo, amén que se convierten en lecciones contraproducentes para la formación ciudadana, sino, hasta que aparece una norma que limita la propaganda electoral. Por ejemplo, se prohíbe “la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros”, según el artículo 3°, de la Ley N° 30414 (publicada el 17 de enero de 2016), que modifica la Ley 28094 Ley de Partidos Políticos (publicada el 01 de noviembre de 2003), incorporándole el artículo 42°.

Pero nuestras costumbres, fácilmente no se transforman o desparecen con una sola norma; además, en nuestro país, “hecha la ley, hecha la trampa”.

jueves, 31 de marzo de 2016

LOS LÍMITES DE LA PROPAGANDA ELECTORAL



El domingo 17 de enero de 2016, se publica la Ley N° 30414, ley que modifica la Ley 28094 Ley de Partidos Políticos (publicada el 01 de noviembre de 2003). Entre otros cambios, está el nombre de la ley 28094. Ya no se denominará Ley de Partidos Políticos, sino, Ley de Organizaciones Políticas.

Pero la modificación que se ha convertido en el centro del debate sobre el proceso electoral 2016 para elegir a los nuevos gobernantes (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Parlamento Andino), es el artículo 3°, que incorpora el artículo 42° Conducta prohibida en la propaganda política, a la Ley N° 28094. 

Básicamente, en dicho artículo se prohíbe “la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros”. Es decir, no solo se prohíbe la entrega, sino el ofrecimiento. Solo puede entregarse propagada electoral cuyo costo no supere los S/. 19,75 (el 0,5% de S/. 3,950.00 de la UIT 2016). 

Sin embargo, el problema no es tanto conocer las prohibiciones o límites de la propaganda política, como sí, saber qué se entiende por ella; amén que el título del artículo dice “propaganda política”, y en el interior dice “propaganda electoral”. ¿Es acaso lo mismo?

Salvar estas diferencias es parte crucial para entender y juzgar las conductas de los candidatos y de las organizaciones políticas involucradas en un determinado proceso electoral. Para ello, es necesario recurrir a la Resolución N° 136-2010-JNE, aprobada el 26 de febrero de 2010. Propaganda electoral, es “propaganda política que se realiza en un periodo electoral, orientada a persuadir a los ciudadanos para obtener resultados electorales a través de la captación de sus votos y con ello aspirar a cargos políticos por elección popular”.

Pero, ¿qué es propaganda política? “Toda acción o efecto en aras de conocer la ejecución de los planes y programas que desarrollan las entidades estatales y sus dependencias, con el propósito de conseguir adhesión o apoyo hacia una determinada organización, programa, ideología u orientación política, sujeta a prohibiciones cuando se trata de procesos electorales en trámite”.

Obviamente, toda ley es interpretativa; y ante diferencias de interpretaciones o de criterios, la máxima instancia que puede dar una “interpretación auténtica”, es el Tribunal Constitucional. Por ejemplo, algunos han insinuado que puede darse hasta S/, 19,75. Una gorra, un polo, una pelota, un panetón, un juguete, en fin. No es así de simple; es decir, un panetón tendría que convertirse en propaganda electoral, ¿cómo? por ejemplo, agregándole información de los planes y programas de la organización política que hace la entrega, promesa u ofrecimiento. Esto, con el objetivo de “conseguir adhesión”. En otros términos, con fines proselitistas.

Concluyendo, si un candidato o candidata que asiste o participa en una actividad, mostrando o vistiendo el logotipo o slogan de su organización política, está haciendo proselitismo. No asiste para perder el tiempo. Su objetivo es, “conseguir adhesión”. Con su presencia, sus palabras, sus gestos, en fin; todo lo que un candidato hace en público, frente a un público, es proselitismo. Ello está claro. Ello, lo entiende todo ciudadano aunque sea iletrado. Sostener lo contrario, es deshonesto.



domingo, 24 de enero de 2016

ELECCIONES GENERALES 2016




En cumplimiento a la Constitución Política, el domingo 10 de abril se realizarán las Elecciones Generales para elegir al nuevo Presidente de la República del Perú y Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas. Y obligatoriamente, 22’901,954 ciudadanos asistirán a sufragar en todo el país, de lo contrario, serán sancionados con una multa.

En el Jurado Nacional de Elecciones se han inscrito 19 listas presidenciales, entre ellas, tres alianzas. 07 llevan el nombre del Perú, y 03 el gentilicio peruano. Todas ellas constituyen el grupo denominado “partidos políticos” de acuerdo a la Ley N° 28094 Ley de Partidos Políticos, aprobada en el año 2003. Y de acuerdo a ésta Ley, si consideramos que cada partido político posee una visión del país (que debe estar descrita en el Acta de Fundación, según el artículo 6°, que es uno de los requisitos para la inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas), entonces tenemos 19 visiones del país.

Son 19 formas de percibir al país, de concebirlo, de entenderlo, de caracterizarlo y, por supuesto, de priorizar su problemática, sus necesidades y por ende, de proponer alternativas de solución. 19 alternativas de gobierno, que compiten por asumir la Presidencia de la República y la jefatura del estado. 

¿Qué tan serias, razonables y coherentes son esas 19 propuestas de gobierno? Si cada una de ellas se considera la mejor opción, la mejor propuesta, la más capacitada, la mejor armada para solucionar y desarrollar el país… ¿cómo saberlo?

Difícil, muy difícil, un imposible. Se necesita tener la capacidad paranormal o extra natural de leer el futuro. Ahora es difícil, tenemos 19 alternativas en pugna; una pugna, a veces risible, a veces cruel, a veces irrespetuosa, en fin. 19 formas de ver el país. 19 ofertas en el stand electoral, 19 productos en venta. ¿Cuál elegir?

Es una competencia, un juego, un deporte, un pasatiempo, una perversa forma de involucrarnos en los diseños de nuestro futuro, en contra de nuestra voluntad, incluso; sin asidero, sin fe, desahuciados y despanzurrados con tanta promesa. Pero es nuestro país, es nuestra democracia, es nuestro contrato social. No podemos evitarlo, aunque no lo queramos, una de las 19 opciones ganará y se le encargará la jefatura del estado por un periodo de 5 años, hasta el 2021 (Bicentenario de la República del Perú).




viernes, 8 de enero de 2016

¿DEBEN IRSE LOS “RECTORES REBELDES”?


En el décimo párrafo de la PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA: “Proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública”, de la Ley Universitaria Ley N° 30220[1], leemos lo siguiente: “La designación de las nuevas autoridades debe realizarse antes de que concluya el periodo de mandato de las autoridades vigentes”. Obviamente, previo a ello, en el segundo párrafo se precisó que hasta el 19 de julio en todas las universidades públicas debió conformarse el Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo”.

A la fecha, la nueva Ley Universitaria no cuenta con su Reglamento, a fin de precisar, por ejemplo, el proceso de adecuación del gobierno; pero, un año después de la publicación de la Ley N° 30220, se emite la Resolución del Consejo Directivo Nº 002-2015-SUNEDU/CD, que aprueba la “Guía para la Adecuación de Gobierno de las Universidades Públicas al amparo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220”[2].

En esta Guía, se indica paso a paso, todo el proceso de adecuación del gobierno de las nuevas autoridades en cumplimiento a la Ley N° 30220. E incluso, se emite la Resolución del Consejo Directivo N° 003-2015-SUNEDU/CD, precisando alcances de la “Guía para la Adecuación de Gobierno de las Universidades Públicas al amparo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220”, en lo referido a la prohibición de postulación a las autoridades interinas[3].

Además de ello, en el anexo TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES A LA LEY N° 30220 – LEY UNIVERSITARIA del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la SUNEDU[4], en el ítem 14.9, se considera una Infracción Muy Grave, “Obstaculizar o impedir el proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220”, indicando las siguientes sanciones: (1) Multa mayor de 100 UIT y hasta trescientas UIT, y (2) Cancelación de la licencia de funcionamiento.

Entonces, si las normas están claras, preocupa y consterna, hasta desconcierta, por qué los rectores de algunas universidades públicas (Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional de Trujillo, Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Universidad Enrique Guzmán y Valle - La Cantuta, entre otras), no “quieren” facilitar el relevo e ingreso o toma de mando de las nuevas autoridades elegidas en cumplimiento a la Ley N° 30220.

Las hipótesis son diversas, pero el sentido común y la opinión pública apuntan a “no querer” dejar los “beneficios inherentes” al cargo que podrían estar aproximándose o vinculándose a casos de corrupción o mal manejo de los fondos públicos, lo que motivaría igualmente, la resistencia a no ser supervisados o controlados, amparándose en una equivocada y distorsionada concepción de “autonomía universitaria”.

En conclusión, ¿deben irse los “rectores rebeldes”? Sí, deben irse, y pronto.




[1] Publicada en el Diario El Peruano, el 09 de julio de 2014.
[2] Publicada en el Diario El Peruano, el 21 de julio de 2015.
[3] Publicada en el Diario El Peruano, el 01 de octubre de 2015.
[4] Aprobado con Decreto Supremo N° 018-2015-MINEDU, y publicada el Diario El Peruano, el 20 de diciembre de 2015.

viernes, 1 de enero de 2016

¿AGRESIÓN AL POLICÍA O A LA POLICÍA?


En las últimas semanas del 2015, los noticieros nos han nutrido de casos flagrantes de agresión a miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP), en pleno ejercicio de sus funciones, por parte de ciudadanos y ciudadanas intervenidos por diferentes motivos. Una de ellas, la ciudadana Silvana Buscaglia Zapler, quien fue filmada y todo el país vio su agresión al agente Elías Quispe Carbajal, en el aeropuerto internacional Jorge Chávez del Callao, el 17 de diciembre de 2015. Como nunca antes, casi de inmediato, podría decirse, ella fue sentenciada a 06 años y 08 meses de prisión, y al pago de una reparación civil de 10 mil soles.

Otro caso es el del ciudadano Gonzalo Ignacio León Delgado (nieto de Genaro Delgado Parker, reconocido empresario televisivo), quien por agredir a un miembro de la PNP, el 24 de diciembre de 2015, fue sentenciado a 09 meses de prisión preventiva por un juzgado de la ciudad de Lima.

A partir de estos 02 casos, en las redes sociales se han propalado imágenes, información y comentarios sobre el tema, generando una especie de expectativas y asombro en la población, ante la inmediatez de las sentencias ante casos que en anteriores oportunidades pasaban desapercibidos.

Pero, al margen de las situaciones legales y la tipificación de las trasgresiones, llama la atención un tema de fondo. ¿Se está sentenciando por agredir a un miembro de la Policía, o por agredir a la Policía, es decir, a la institución policial? Definitivamente, no es lo mismo.

Por ejemplo, si el suboficial Elías Quispe Carbajal estaría vestido de civil y fuera de servicio, y es agredido por un ciudadano equis, no sería una agresión al policía, ni a la Policía, sino, al ciudadano. Entonces, la situación quedaría ahí.

Pero los casos difundidos, constituyen agresión a la Policía Nacional del Perú. Obviamente, en ese caso específico, representado en la persona del agente Elías Quispe Carbajal. Y si la agresión es a la Policía, llama la atención sobre la existencia de una percepción negativa y hasta de desprecio a dicha institución. Ya no se trataría de casos aislados, sino, de un tema sociológico que sugeriría un resquebrajamiento del contrato social, en tanto la institución policial padece de un grave problema de respetabilidad que ha dañado su imagen de tutelaje del orden interno. ¿Por qué, o cómo se ha llegado a ello? Habría que realizar un estudio particular para determinar las causales. Aunque la cotidianidad nos proporciona una respuesta hipotética que indica la existencia de agentes que no se identifican con los principios de la institución policial. Entonces, las agresiones reportadas, no son a los miembros de la Policía Nacional del Perú, sino, a la institución misma. Por supuesto, un grave tema sumamente nocivo para la convivencia democrática.