viernes, 27 de marzo de 2009

CASO OMISO A LA RENDICIÓN DE CUENTAS

En el Registro de Organizaciones Políticas, a cargo del Jurado Nacional de Elecciones, existen 20 partidos políticos inscritos, y cuatro en proceso de inscripción (entre ellos, el Partido Humanista Peruano del Premier Yehude Simon). De los 20 inscritos, informa la ONPE, 06 de ellos no han cumplido con presentar la información financiera establecida en el artículo 34 de la Ley de Partidos Políticos (Ley Nº 28094) y en el artículo 70 del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. Esta Ley también determina que los partidos políticos pueden recibir financiamiento público y privado. Aquel, comprende financiamiento de dos tipos: directo e indirecto. Este “Se refiere a los espacios asignados de manera gratuita… en los medios de comunicación masiva” públicos y privados para difundir sus propuestas políticas y electorales”; y el financiamiento directo “Es la transferencia de fondos del tesoro público”. La transferencia del tesoro público se realiza de acuerdo a la representación en el Congreso que cada partido ha obtenido en proceso electoral. En cumplimiento al artículo 29 de la Ley 28094, cada partido político recibirá del Estado, el equivalente al 0.1% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por cada voto emitido en la elección de sus congresistas. Esto es, para el periodo 2006-2011 —considerando que la UIT en el año 2006, era equivalente a S/. 3,400.00— a los partidos que lograron representación en el Congreso de la República les ha correspondido —o corresponde— recibir S/. 3,40 por cada voto obtenido. Por ejemplo, el partido aprista, que en las elecciones parlamentarias del año 2006, ha logrado 36 escaños en el Congreso, gracias a los 2’213,623 de votos obtenidos, le corresponde como financiamiento partidario del tesoro público, la suma de: 7’526,318.20 de nuevos soles. Este monto será desembolsado en cinco partes, a razón de un quinto por año. Continuando con el ejemplo, el partido aprista recibirá en el quinquenio 2006-2001, la suma de S/. 1’505,263.64 anualmente como parte del financiamiento público directo que le corresponde (125,438.64 nuevos soles mensuales). Pero dichos fondos pueden ser utilizados sólo para “actividades de formación, capacitación e investigación durante el quinquenio posterior a la mencionada elección, así como para sus gastos de funcionamiento ordinario” (artículo 29 de la citada ley). Si bien cada partido preverá un sistema de control interno, le corresponde a la ONPE —exclusivamente– la verificación y control externo de la administración de tales fondos. Lo interesante de la ley es que no especifica que los beneficiarios tienen que ser necesariamente partidarios o simpatizantes de tal o cual partido que recibe el financiamiento público. En consecuencia, dado que los partidos son asociaciones de ciudadanos, y tienen como primer objetivo y fin, “Asegurar la vigencia y defensa del sistema democrático”, se convierte en su primer deber, elaborar, ejecutar y monitorear las actividades que la ley les especifica, donde la concurrencia y participación sea abierta a todo público, sin ninguna discriminación o previa selección. Somos nosotros, ciudadanos y ciudadanas, seamos o no afiliados a determinado partido político, quienes financiamos sus actividades propias de su naturaleza. Estemos o no de acuerdo con las doctrinas que predican, con las actividades proselitistas que ejecutan, o con la lectura ideológica que elaboren de la realidad peruana, la ley contempla que un porcentaje de los impuestos que pagamos, sea destinado a financiar las actividades partidarias, de las cuales, muchas de ellas, ni siquiera tenemos la menor idea de cuándo, ni cómo ni dónde se realizan. A pesar que uno de sus objetivos es “Representar la voluntad de los ciudadanos” (inciso “d”, articulo 2º), y “contribuir a la gobernabilidad del país” (inciso “g”), no podemos dejar de hablar de la crisis de representatividad y de representación política que padecemos desde hace muchos años atrás, y quizás, desde siempre. Amén de la ingobernabilidad que continua afectándonos, en tanto el malestar ciudadano y las brechas sociales continúan manifestándose en distintos grados, y aun, acentuándose. Es más, no podemos asumir que nuestros partidos políticos “representan la voluntad ciudadana” (a excepción de la representación cuantitativa obtenida después de cada escrutinio), cuando las medidas políticas implementadas, en el sector macroeconómico, por ejemplo, no logran satisfacer las demandas de la gran mayoría de compatriotas quienes, hasta ahora, no pueden siquiera intuir un futuro cercano donde vean su calidad de vida mejorada. En este sentido, el financiamiento público directo del que son beneficiarios los partidos políticos con representación en el Congreso, adquiere una naturaleza que raya con el sarcasmo más virulento que uno pueda imaginar, sino, con una maledicencia perteneciente al mundo de Clemente Palma. Con el agravante, inescrupuloso por cierto, de negarse a presentar la respectiva rendición de cuentas, en los plazos y mecanismos que la ley ordena. (Artículo que publiqué en la página editorial del diario La Industria de Chiclayo, el día 31 de enero de 2009.)

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