jueves, 17 de marzo de 2011

NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

Cuando el gobernante empieza a mostrar temor a sus gobernados (situación que podría evidenciarse en la toma de decisiones favorables al uso de la fuerza armada), es un indicio que nos confirma la condición del gobernante frente al papel por el cual fue investido: Ha dejado de ser tal. Ha dejado de ser gobernante —en la acepción más saludable del término—, para convertirse en un tirano que no dudaría en emplear todo tipo de medidas tipificadas como “uso de la fuerza”, aunque ello anuncie el inicio de una tragedia con elevados costos humanos, para hacer prevalecer sus designios, mandatos o caprichos, unilateralmente.
Pero hoy en día sabemos, que el gobernante nunca es un solo hombre. A lo mucho, es la cabeza visible de un grupo o grupúsculo de individuos férreamente organizados con intereses muy particulares, y que nunca o casi nunca aparecen en la escena pública. Además, están decididos a defender sus intereses que difícilmente se articulan con los intereses de los otros grupos humanos que conforman el grueso del conjunto denominado “gobernados”.
El 5 de abril de 1992, representó el primer puntapié a la institucionalidad peruana que, aunque deficiente, lenta y engorrosa, mantenía nuestra esperanza de superar las dificultades del país sin necesidad de asirse de mecanismos e instrumentos delictuosos, o en el peor de los casos, criminales y patológicos, capaces de generar situaciones aberrantes, que han marcado por siempre, la memoria colectiva de todo el país.
Lo que hizo Fujimori, pisotear la Constitución de 1979, sin dejar el poder ni la representación que le fue otorgada por mandato popular a través de sufragio universal (fenómeno que muchos llamaron “dictadura cívico-militar), marca un precedente en la historia del país, y nos inocula multiplicidad de temores y miedos, frente a la posibilidad de volver a repetirse. Nada nos garantiza que no sea así.
“Toda reforma constitucional debe ser aprobada en una primera legislatura ordinaria y ratificada en otra primera legislatura ordinaria consecutiva” decía el artículo 306 de la Constitución de 1979 que dejó de existir de un certero golpe de quien recibió el encargo supremo —y sagrado— de cumplirla y hacer cumplir.
Y para que no quepa duda de lo establecido en el artículo 306, el siguiente artículo mandaba que “Esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de observarse por acto de fuerza o cuando fuere derogada por cualquier otro medio distinto del que ella misma dispone”. Sin embargo, ante la mirada de todos los peruanos y peruanas, Fujimori, el ciudadano que fue elegido para, ante todo “Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales” (artículo 211), fue quien la dejó de lado, e instauró un régimen a la medida de los intereses, pasiones y expectativas de un grupo de individuos decididos a todo para satisfacer sus necesidades e inescrupulosos apetitos de poder.
Al año siguiente del golpe de Estado, se promulgó una nueva Constitución que reemplazó a la de 1979. Si bien está claro que fue ratificada mediante referéndum nacional, después que un Congreso Constituyente Democrático (CCD) la redactara, fue antecedida por una maniobra anticonstitucional que se dio a conocer el 5 de abril de 1992.
Muchos personajes públicos, ciudadanos y ciudadanas, anhelaban retornar a la Constitución de 1979, incluidos un grupo de políticos y otras autoridades que fueron dejados en la calle, luego de la disolución del Congreso de la República, de la declaratoria de Reorganización total del Poder Judicial, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Tribunal de Garantías Constitucionales, y de la Contraloría General de la República. Algunos gobernantes defenestrados, juraron una y otra vez, reestablecer la Constitución de 1979, violentada y sustituida por una nueva, luego de un corto periodo de tiranía con rostro civil. No obstante, casi dos décadas después, la Constitución de 1993, continúa vigente. Nuestra Constitución Política.

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